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Rehabilitación de viviendas

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La rehabilitación de viviendas se basa en el principio de recuperación y mejora de las condiciones de habitabilidad.

Los objetivos que persiguen las actuaciones de rehabilitación son múltiples:

  • Garantizar la seguridad estructural de los edificios y viviendas.

  • Optimizar las condiciones de habitabilidad de viviendas individuales.

  • Adaptar las viviendas para su uso a personas mayores o con discapacidad.

  • Mejora de la eficiencia energética de los edificios y las viviendas.

Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020

Este plan, aprobado en el Decreto 141/2016, de 2 de agosto, tiene como objetivo garantizar el acceso a la vivienda en condiciones asequibles, para evitar la exclusión social de aquellas personas con menos recursos, impidiendo la pérdida de la vivienda por motivos económicos; fomentar el mercado de alquiler de viviendas, fundamentalmente las desocupadas; incentivar la rehabilitacion y promoción de viviendas y por último facilitar el cambio hacia un modelo de ciudad sostenible y accesible. 

Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía 2017-2020

Desde la Consejería de Hacienda, Industria y Energía a través de la Agencia Andaluza de la Energía se crea un programa de incentivos constituido por varias líneas dirigidas a fomentar la eficiencia energética y la aplicación de recursos renovables en el ámbito de la edificación y los procesos, así como a avanzar en la evaluación y gestión energética, en la movilidad sostenible y en la implantación de redes inteligentes en el ámbito energético.

Fomento en la rehabilitación de edificios

Las comunidades de propietarios podrán financiar la rehabilitación en sus edificios mediante la ejecución de obras que tengan por objeto la conservación, la mejora de la calidad y la sostenibilidad así como la realización de ajustes razonables en materia de accesibilidad.

Puedes consultar qué obras de rehabilitación en los edificios son subvencionables y otra información de interés para los beneficiarios accediendo a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Programa de rehabilitación del Ministerio de Fomento

Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar finalizados antes de 1981.

  • Que al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.

  • Que al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Puedes consultar quiénes pueden beneficiarse de esta ayuda y las cuantías de la misma a través del siguiente enlace:

Fomento en la rehabilitación de viviendas

Existen subvenciones que tienen por objeto fomentar la rehabilitación de viviendas con deficiencias básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.

En los casos en los que los ayuntamientos hayan suscrito un convenio con la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, podrán actúar como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y distribución de las subvenciones para la rehabilitación de viviendas a las personas beneficiarias. En las localidades donde los consistorios no hayan suscrito dicho convenio, si lo desean, también podrán colaborar con las personas que realicen la solicitud de las ayudas.

Adecuación funcional básica de viviendas

Se trata de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad (que tengan reconocido, al menos el 40% de grado de discapacidad) y movilidad reducida y movilidad reducida o grandes dependientes (Grado III) que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales.

Además, son requisitos obligatorios tener unos ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superiores a 2,50 veces el IPREM y residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación.

Las subvenciones tendrán una cuantía equivalente al 70 por ciento del coste total del presupuesto protegible, teniendo este presupuesto un límite máximo de 2.000 euros que se podrá incrementar por los gastos de asistencia técnica en 600 euros.

Consulta la subvención disponible a través del siguiente enlace:

Más información

¿Aún tienes dudas?

Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es​​​​​​​

952 859 608

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